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DECLARACIÓN AMBIENTAL DE PRODUCTO

Las Declaraciones ambientales de Producto (DAP) ayudan al fabricante de un producto a medir y mitigar los impactos ambientales de sus productos, reportando esta información de manera transparente al mercado. De esta manera, es posible comparar el desempeño de productos similares y contribuir a una mejora general en el desempeño ambiental de los productos.

Para la creación de una DAP se realiza un estudio basado en la evaluación del ciclo de vida del producto. Estos estudios se realizan teniendo en cuenta lo establecido en la norma internacional ISO 14025. Para productos de construcción también se consideran otras normas internacionales como la EN 15804, ISO 21930, EN 15942, así como los requisitos especificados en las RCP (Normas para la categoría de producto).

Después de creada la DAP, se verifica por entidades externas independientes para su posterior registro por operadores como Environdec, DAP Habitat, AENOR Global EPD, IBU, etc.

Si quieres crear una DAP para tus productos o tienes alguna duda al respecto, comunícate con nuestro equipo.

EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) es un instrumento preventivo de política ambiental, apoyado en estudios y consultas cuyo objetivo es recabar información, identificar y predecir los efectos ambientales de determinados proyectos, identificarlos y proponer medidas que los eviten, minimicen o compensen, para decidir sobre la viabilidad de la implementación de dichos proyectos y su posterior evaluación.

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre en su redacción actual, establece el Régimen Legal de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), que transpone la Directiva nº 2014/52 / UE, sobre la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados en el medio ambiente.

En este contexto, realizamos Estudios de Impacto Ambiental, Estudios de Incidencia Ambiental, Estudios previos y Consultas que puedan ser necesarias a la solicitud de un EIA, monitoreando el proceso del EIA hasta obtener la licencia o autorización deseada, o las necesarias actividades de seguimiento posteriores.

AUDITORÍAS DE SEGUIMIENTO DE EIA

El procedimiento de seguimiento está establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, en su redacción actual, y se aplica a proyectos con decisiones favorables en el marco del régimen de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA).

El objetivo de este procedimiento es verificar el cumplimiento y evaluar la idoneidad y efectividad de los términos y condiciones de aprobación del proyecto, establecidos en el procedimiento de EIA, incluyendo condiciones, medidas de minimización, medidas de compensación, programas de monitoreo y otros, tales como, proyectos de restauración e integración paisajística, seguimiento ambiental de la obra, entre otros.

La evaluación de idoneidad y eficacia permite, por una parte, concluir si los condicionantes y medidas impuestas permitieron evitar, minimizar o compensar los impactos negativos y potenciar los positivos y, por otro, conocer los impactos reales del proyecto, a través de su seguimiento.

En nuestro equipo contamos con Verificadores medioambientales calificados por AENOR para realizar auditorías de seguimiento de EIA. Para aclarar cualquier duda que tengas, comunícate con nuestro equipo.